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¿Cómo abrir una cuenta en MFAO? ¿Cómo empezar a negociar?

Personándose con el DNI o CIF en cualquier entidad Miembro del Mercado y firmando un contrato de apertura de cuenta. Si el Miembro al que acudo es un Miembro Negociador, se deberá firmar un contrato tripartito que implique también a un Miembro Liquidador (una entidad financiera), que puede ser propuesto por el mismo Negociador o por el cliente.

¿Cuanto dinero se necesita para operar?

Se necesita un 12% del total del valor de los compromisos contraídos en concepto de Garantía. Es decir si se desea abrir una posición de 200 contratos (200 toneladas) a un precio de 1,8 Euros/kg, el valor total de la posición será de (200 x 1,8 x 1.000) = 360.000 Euros. De esta cantidad, que son las obligaciones totales contraídas -comprar o vender 200 toneladas de aceite-, se deberán depositar 360.000 Euros x 12% = 43.200 Euros en concepto de Garantía.

¿Se puede operar en Futuros sin tener aceite?

SI. En el Mercado de Futuros se asumen obligaciones futuras de vender o comprar aceite, lo cual no implica que el aceite esté ya en poder del vendedor en el momento de realizar el acuerdo (puede, por ejemplo, tratarse de aceite de campañas venideras o de aceite que el vendedor piense comprar).

Sin embargo, si se llega al vencimiento del contrato y por tanto a la entrega física (si no se ha "cerrado la posición" antes) sí que existe una obligación inmediata e ineludible para el vendedor de entregar aceite.

¿Se puede comprar o vender la cantidad que se desee?

DEPENDE. Existe un límite al número de contratos que se pueden mantener abiertos. No obstante si el cliente es coberturista (el que opera en futuros para protegerse de cambios de precio del aceite de oliva) podrá solicitar una exención del límite, demostrando la naturaleza de su posición de cobertura.

¿Quién es la contrapartida?

La Cámara (el Mercado) siempre se interpone entre la parte compradora y la parte vendedora como principal y garante de la operación, pero la Cámara nunca puede ser sólo compradora o sólo vendedora en ninguna operación, es decir que para que un Contrato de Futuros nazca debe haber un comprador y un vendedor. El cliente no conoce su contrapartida excepto en el caso de que se llegue a entrega.

¿Cuándo se puede dar una Orden de Compra o Venta?

La Orden se podrán introducir durante las horas de oficina del Miembro a través del cual se opere. Si se trata de una entidad financiera, será de horario de sucursal o similar. Si se trata de un agente comercial, será su horario de despacho al público. Las órdenes serán transmitidas por el Miembro a MFAO durante las horas de negociación de MFAO.

¿Se puede rectificar o modificar la Orden una vez transmitida?

Si, siempre y cuando no haya sido ejecutada en el Mercado. Algunas modificaciones (por ejemplo ampliar el número de contratos de una orden) pueden modificar su prioridad en la "cola" de órdenes que estén al mismo precio.

¿Qué riesgo se asume negociando futuros? ¿Cuánto se puede perder?

Se asume el riesgo equivalente a las oscilaciones de precio del lote de aceite de oliva que un participante se obliga a comprar o vender, independientemente del importe de Garantías depositado. Esto quiere decir que operando en futuros las pérdidas pueden exceder las Garantías depositadas.

Si un cliente prevé una evolución del precio en contra de su posición puede optar por cerrar su posición en cualquier momento.

¿Quién gestiona las garantías? ¿Están remuneradas?

Las Garantías son custodiadas por los Miembros Liquidadores (más exactamente por aquellos Liquidadores que además hayan adquirido la condición de Custodios de MFAO, aunque a efectos del cliente esta distinción es irrelevante). Las Garantías que se depositen en forma de efectivo serán remuneradas a un tipo de interés de mercado.

¿Qué se puede entregar como garantía?

Las Garantías podrán ser depositadas en forma de efectivo o deuda pública. La Garantía a Vencimiento que será exigida inmediatamente antes de la entrega física, una vez vencido el contrato, podrá ser un aval bancario.

¿Se avisará a los participantes de la proximidad de la entrega?

SI. Es responsabilidad de los Miembros del Mercado a través de los cuales operen, para que así todo el que lo desee pueda, con tiempo suficiente, cerrar la posición o traspasarla al vencimiento siguiente si no se desea llegar a la entrega.

¿Es posible rechazar ir a la entrega una vez vencido el contrato?

NO. Una vez vencido el contrato, aquellos Clientes con posiciones abiertas deberán entrar en el proceso de entrega. Los vendedores tendrán la obligación de entregar aceite y los compradores tendrán la obligación de recibir aceite.

¿Se puede aplazar la entrega/pago a vencimiento?

NO. Si no se efectúa la entrega o el pago en el momento acordado, el Contrato entra en fase de Incumplimiento.

¿Dónde se entregará la mercancía?

La mercancía se entregará en el Almacén Autorizado designado por la Cámara, tras efectuar un case de preferencias entre vendedores y compradores que minimice los costes de transporte.

¿Quién se hace cargo de los costes (almacenamiento, análisis químico, transporte)?

Los costes de almacenamiento durante los 15 días que dura como máximo el proceso de entrega son por cuenta del vendedor. Los costes del primer análisis químico son por cuenta del vendedor, y los del segundo análisis, si es requerido, corren por cuenta del comprador en el caso de que el primer análisis facilitado por el vendedor fuera correcto, en el caso contrario los costes del segundo análisis correrían por cuenta del comprador.

Los costes de transporte al Almacén Autorizado por la Cámara corren por cuenta del vendedor, si bien puede evitar incurrir en ellos obteniendo la autorización de su propio almacén si cumple los requisitos exigidos por MFAO. Los costes de transporte a partir del Almacén Autorizado corren por cuenta del comprador.

¿Qué precio pagará el comprador en el vencimiento del contrato?

La diferencia entre el precio al que el comprador abrió en su día la posición (el precio al que compró futuros) y el precio oficial de vencimiento del Contrato de Futuros habrá ya sido pagada o cobrada a través de la Liquidación Diaria de Pérdidas y Ganancias. Así pues, llegado el momento de la entrega el comprador paga el precio oficial de vencimiento del Contrato de Futuros, restando las garantías que ya ha adelantado a la Cámara, y ajustando los conceptos de Base 1º y desviaciones de pesaje.

¿Cuesta dinero un Contrato de Futuros?

La Cámara cobra una pequeña comisión de registro, y operar a través de uno o varios Miembros del Mercado supondrá comisiones adicionales.

¿Qué relación hay entre un Contrato de Futuros y un seguro de rendimiento del olivar?

Una relación de complementariedad. Mientras el seguro de rendimiento protege al agricultor de las oscilaciones de la cantidad de su cosecha, el Mercado de Futuros le protege de las oscilaciones del precio al que la va a vender. Una buena gestión financiera de la empresa agrícola usaría ambas a la vez.